Bienvenido a su 2025

Guía de prestaciones.

CUÁNDO PUEDE INSCRIBIRSE
CAMBIAR SUS PRESTACIONES
QUIÉN ES ELEGIBLE
2025 INSCRIPCIÓN ABIERTA

Bienvenido a su Guía de prestaciones

Esta guía trata de sus prestaciones, pero también de usted y de cómo proteger su salud, su estilo de vida, su futuro y a las personas que son importantes para usted. Encontrará detalles sobre sus prestaciones, así como consejos para aprovecharlas al máximo. También descubrirá los programas que Asset Living pone a su disposición para ayudarle a ahorrar tiempo y dinero cuando tenga que gestionar los retos de la vida o equilibrar su vida laboral y familiar. Cada año, nos esforzamos por ofrecerle los planes de mayor calidad al menor coste posible. Al diseñar nuestras prestaciones, nos esforzamos por ofrecer asequibilidad y, sobre todo, ¡posibilidad de elección a todos nuestros empleados!

Puede inscribirse en las prestaciones:

  • Como nuevo empleado
  • Durante la campaña anual de Inscripción abierta
  • En los 30 días siguientes a un acontecimiento vital cualificado

Si se le pasa el plazo de inscripción o no lo notifica a Recursos Humanos en los 30 días siguientes a un acontecimiento vital cualificado (QLE), tendrá que esperar hasta la próxima inscripción abierta (el único momento del año en el que puede realizar cambios en sus prestaciones por cualquier motivo).

¿Cambiar sus beneficios?

Fuera del periodo de inscripción abierta, es posible que pueda inscribirse o realizar cambios en las elecciones de sus prestaciones si tiene un acontecimiento vital cualificador (QLE). Los QLE incluyen, entre otros

  • Cambio de estado civil legal
  • Cambio en el número de dependientes o en el estatus de elegibilidad del dependiente
  • Cambio en la situación laboral que afecte a la elegibilidad para usted, su cónyuge o hijo(s) dependiente(s)
  • Cambio de residencia que afecte al acceso a los proveedores de la red
  • Cambio en su cobertura sanitaria o en la de su cónyuge debido al empleo de su cónyuge.
  • Cambio en la elegibilidad de un individuo para Medicare o Medicaid
  • Orden judicial que exige cobertura para su hijo
  • "Acontecimiento de inscripción especial" según la Ley de Portabilidad y Responsabilidad del Seguro Médico (HIPAA), incluido un nuevo dependiente por matrimonio, nacimiento o adopción, o la pérdida de cobertura en otro plan de seguro médico.
  • Acontecimiento permitido por la Ley de Reautorización del Programa de Seguro Médico para Niños (CHIP) (tiene 60 días para solicitar la inscripción debido a acontecimientos permitidos por CHIP).

Por lo general, las elecciones deben efectuarse en los 30 días siguientes al acontecimiento vital calificador (QLE). Usted es responsable de notificarlo a Recursos Humanos o a su equipo de prestaciones y de aportar la documentación necesaria sobre el acontecimiento. No lo olvide. Los recién nacidos no se añadirán automáticamente a la cobertura; debe actuar en los 30 días siguientes al nacimiento.

¿Quién tiene derecho a las prestaciones?

Empleados: .

Todos los empleados que trabajen al menos 30 horas semanales y las personas a su cargo que reúnan los requisitos necesarios tienen derecho a las prestaciones descritas en esta guía.

GERENTE DE COMUNIDAD / EMPLEADOS CORPORATIVOS:

Todos los beneficios.

NIVEL DE PROPIEDAD:

Todas las prestaciones. Se requiere la inscripción en el plan médico para recibir la cobertura del plan de vida básico / AD&D y LTD pagada por el empleador.

PARA LOS EMPLEADOS CONTRATADOS A TRAVÉS DE UNA ADQUISICIÓN DE LA PROPIEDAD: Sus prestaciones comenzarán el primer día del mes siguiente a la fecha de su adquisición, siempre que haya estado en la propiedad más de 30 días.

PARA LAS NUEVAS CONTRATACIONES: Su cobertura comienza el primer día del mes siguiente a los 30 días de empleo. Tras su afiliación inicial, tendrá la oportunidad de afiliarse de nuevo durante la afiliación abierta cada año. Si su empleo finaliza, su cobertura terminará el último día del mes de su cese. Dependiendo de las circunstancias de su cese, es posible que pueda continuar la cobertura en virtud de COBRA.

Dependientes elegibles:

  • Su cónyuge (a menos que esté legalmente separado)
  • Sus hijos hasta los 26 años, independientemente de su condición de estudiante, cónyuge o dependiente fiscal
  • Sus hijos de cualquier edad que sean física o mentalmente incapaces de cuidar de sí mismos

¿Cuándo puede inscribirse?

Puede inscribirse durante el periodo de beneficios de su nueva contratación, durante la inscripción abierta o en los 30 días siguientes a un acontecimiento vital cualificado.

Recursos:

Inscríbase aquí - SWBC Portal
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Presentación de la inscripción abierta 2025
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